Aborto III: (un)comfortably numb

Hay quienes se despiertan de una pesadilla y se acuerdan con precisión el sueño. Están dispuestos a contarlo inmediatamente con lujo de detalles. Hay otros que en su plácido despertar, después de un profundo descanso, no saben ni que soñaron. Elijen un contemplativo silencio mientras avanzan. La cabeza debajo de una ducha caliente es el momento donde, en general, comienzan a aflorar las ideas. El fallo cortesano sobre el aborto me encontró adormecido y sin opinión alguna. Metí la cabeza debajo del comentario de Alex, lo siguió el fallo, Página 12 del 14/3, la Nación del 14/3, los comentarios al post de Alex y el post de Federico Morgenstern que acaba de salir. Me quedaría más tiempo callado y debajo de la ducha pero ofrezco narrar mis primeras reflexiones matutinas como un experimental vehículo de una crítica que, espero, aporte algo a lo mucho que ya ha sido dicho. Les hablo, fundamentalmente, a los miles que deben estar  ahí, como yo, perdidos en el bosque y con ganas de buscar un claro donde puedan descansar cómodos.

Nobleza obliga. Empiezo entonces por describir exactamente adónde me hallo perdido (bajo la utopia de considerar que puedo hacer un preciso autodiagnóstico o una fidedigna auto-descripción). Estoy acá: casado y con dos hijas a quienes veo crecer con emoción desde las ecografías. Actualmente agnóstico. No soy anticlerical. Soy liberal con énfasis en las responsabilidades y con una cuota grande de cinismo con respecto al gran vacío que separa los discursos de los hechos. Sufro, como todo el mundo, de estadios de (¿aparentes?) contradicciones. Doy un ejemplo claro relacionado con el fallo. Tengo una natural predisposición a proteger al bebe intra-uterino salvo peligro para la madre y, al mismo tiempo, (y si estuviésemos en mundo ideal e imaginario) me nace una reacción contraria que lleva a convertir al violador, que no tiene la inocencia de un bebe, en un dador compulsivo e inmediato de órganos. Seguramente alguien con mayor respeto por la vida y los derechos del prójimo va a necesitar de sus córneas. Probablemente este ejemplo imaginario, sacado de contexto y mal interpretado conlleve a que en poco tiempo se pruebe la Ley de Godwin. Lejos está de mi intención, y espero que los ilustrativos divagues de una imaginación no empañen el mensaje general: hay fuerzas (la vida del bebé y la salud de la pobre víctima de la violación) que me tironean para los dos lados y que en un mundo ideal me gustaría que se solucionen con costo para el generador del sufrimiento (violador).

En este estado de duda, que no abandono, agradezco haber leído primero el post de Alex. La cobertura que hace cada uno de los dos diarios que leí el día posterior al fallo trata, por decir lo menos, de cerrar el debate. Ninguno me pareció muy preocupado por abrirlo o mostrar las posturas que lo incomodan (Hay cero referencias a la vida del por nacer en los comentarios de Mario Wainfeld e Irina Hauser o las crónicas de Mariana Carbajal, I y II, sólo un mínimo recuadrito con una alusión a la sorpresa de la iglesia. En el lado de la Nación, que replicó la postura de la Iglesia católica, no se le cayeron tampoco críticas al fallo. Sólo ví una aséptica nota de Ventura que minimizó el fallo considerándolo una clínica ratificación de lo que ya existía). En concreto, algunos parecen enardecidos festejos de un gol que alguien les contó, después de escuchar un relato en la radio. Otros, que también escucharon el mismo relato, deciden criticar al referí por un presunto off-side. Ergo, hay mucha espuma partidaria, de los dos lados, que soslaya el análisis de la jugada. El de Alex, decía, ofrece una visión diferente. Tiene la ventaja de (él) ser crítico y además contrario a la idea con la cual el fallo comulga, lo cual obliga a un análisis más concienzudo y donde afloran los puntos flojos. Para mí, el aporte fundamental de su post ha sido guiar a una falencia evidente del fallo que podría pasar desapercibida en las narraciones bullangueras: no puede ser que la mayoría de la Corte (todos salvo Argibay y Petracchi) hayan emitido un fallo sobre aborto sin que lo preceda y quede reflejado un adecuado debate de los derechos en juego. (punto segundo) El otro aporte, por lo menos para mí, es la diferencia técnico penal entre derecho a abortar y falta de punición de algunos abortos (puntos quinto y sexto).

Los muy interesantes comentarios que han habido en el blog y el reciente post de Morgenstern que traza un contrapunto, permiten ese muy necesario ida y vuelta. ¿Adónde estará ese cómodo solar? ¿Camino para acá, camino para allá, voy por algún sendero intermedio? Benditos los que ya tienen la brújula a mano. A mí, ninguna de las posturas generales me convence lo suficiente. ¿Cómo podría? No me cabe ninguna duda que existe vida intrauterina y que esta es digna de protección y está amparada constitucionalmente. El hecho de que no seamos marsupiales (que no nos deja ver bien lo que hacemos o mandamos a hacer) y que nuestra dependencia materna y paterna sea total mientras nos desarrollamos dentro y fuera del útero no me permite reducir la valoración del derecho a la vida del intrauterino a niveles que lo hagan desaparecer frente a la mera posibilidad de reducir los terribles sufrimientos de una víctima de violencia sexual. Al privilegiar la vida de la madre por sobre el nonato, cuando hay peligro para la vida de aquella, se opta sin desconocer que el bebe tenga un derecho a la vida. Cuando gritamos mujeres y niños primeros, tampoco consideramos que nuestra vida valga menos. Y menos que sea un sacrificio inconmensurable, tanto de quienes ceden el paso a los más débiles como de parte del capitán, que aceptó voluntariamente el riesgo de tener que quedarse hasta el final. ¿Es inaudito considerar que una persona naturalmente concebida para embarazarse y dar a luz tenga que apoyar el desarrollo intra-uterino de un heredero de su cobarde agresor? ¿Es posible medir la gravedad del sacrificio que se le pide a la víctima de una violación dependiendo las semanas de gestación, reduciéndolo a medida que avanza el desarrollo de esa vida?

Al formularme todas estas preguntas no me caben dudas que existen sufrimientos irreparables en toda niña o mujer que deba pasar por ese calvario y luego soportar el fruto de semejante imposición, con la humillación de hacerlo público a medida que avanza el cuerpo. Entiendo perfectamente la pretensión que motiva a las madres en esa condición. Me cuesta imaginarme en el lugar de tener que negarle la posibilidad de hacerlo y ofrecerle como alternativa dejar el niño, después del parto, para quien se quiera hacer cargo de él. Al mismo tiempo, si fuese médico, tampoco creo que podría hacer lo que los jueces me piden, juramento hipocrático al margen. Ante esta realidad me pregunto: ¿refugiarme en el análisis técnico del fallo es eludir el problema? Seguro comprende una prudente y beneficiosa dilación. La tomo.

Apostillo entonces, sin ser original, que no considero que el voto mayoritario haga honor a su indiscutible importancia cuando elude reflejar los reales derechos en pugna y presenta la controversia, no como una tensión entre respetables derechos constitucionales que se encuentran en conflicto producto de una especial circunstancia (como sí lo reconocen Argibay y Petracchi), sino como un derecho indiscutible de toda madre violada a abortar. Derecho éste que para la mayoría no se encontraría  limitado por la Constitución, las convenciones ni el código penal, ni por el goce de otros derechos igual de importantes que dichos mismos instrumentos reconocen en el bebé intrauterino. Derecho que para la mayoría una sana y razonable interpretación del artículo 86.2 no limitaria ni podría avalar trabas y dudas que la mayoria cataloga como una práctica contra-legem de 90 años fomentada por médicos y convalidada por operadores judiciales (19). En fin, una postura que desnuda al tema de su innegable conflictividad y pretende suplir su ausencia con argumentos que terminan siendo urticantes, por lo desubicados. (v.gr. no puede suplirse el debate de derechos con el argumento de tratar de evitar una alegada y muy sospechosa responsabilidad internacional – cons. 6 y 7).

El camino que yo veo más respetable es el que tomó Argibay. Ella parte de reconocer esa complejidad y, en el marco de los límites de su accionar destaca, con una aplomada humildad y respeto por el derecho del vencido a escuchar argumentos, que ninguna postura puede sesgar la argumentación para imponer sus valores sobre la contraria. Ergo, explica que el recurrente, al poner en evidencia importantes derechos en conflicto con los que privilegió el tribunal chubutense,  no logra destruir ni catalogar de irrazonable la ponderación de derechos que realizó el aquo.  «Esa preferencia por un distinto esquema de valores (al expuesto por el tribunal chubutense) de ningún modo puede considerarse suficiente como para calificar de inconstitucional la autorización legal del artículo 86, inciso 2°, del código penal y, de ese modo, dejar de aplicarla.» (13) Se trata de una infeliz disyuntiva entre dos bienes jurídicos que entran en conflicto y que Argibay acepta que la solución al mismo no implique, por mandato constitucional, privar a la mujer violada del aborto que le permitiría una posible interpretación del artículo 86. Ergo, su voto no se extiende, como el mayoritario, en el ejercicio de funciones administrativas y mandas a funcionarios públicos, jueces y médicos. Por el contrario, exige el cumplimiento de los dos estándares que prevé la normativa para habilitar el excepcional aborto: la verificación de que el embarazo proviene de una violación y que la víctima preste su consentimiento ante esos profesionales.

Si bien las dudas me seguirán persiguiendo, me voy con una certeza: la santidad de una vida, por el hecho de ser, esta claramente puesta a prueba. En nuestros tiempos de violencias, marginaciones y privaciones, al derecho a la vida no le alcanza con su propio lustre para ganar contiendas. Si quiere preservarse tiene que extremar sus cuidados, tanto dentro como fuera de los tribunales.

Acerca de Juan Lahitou

Abogado, LL.M Energy Law & Policy (CPMLP - Dundee); Master Derecho Administrativo (U. Austral)
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11 respuestas a Aborto III: (un)comfortably numb

  1. JJL dijo:

    JL:

    1. «me nace una reacción contraria que lleva a convertir al violador, que no tiene la inocencia de un bebe, en un dador compulsivo e inmediato de órganos. Seguramente alguien con mayor respeto por la vida y los derechos del prójimo va a necesitar de sus córneas. » (Aplausos!)

    2. Tu sinceridad frente al tema en el post es admirable. Siempre tendemos a («tener que») decir «algo» sobre estos temas. Y más aun desde el gremio bogadil.

    3. Mi sensación-percepción del tema es que hasta que no haya acuerdo sobre si el feto / niño por nacer es una persona-ser humano no habrá discusión con un parámetro en común. La CS parece entender que «no hay vida» por ende no hay derechos susceptibles de ser ponderados; en ese sentido se puede entender su abordaje, digamos, unidireccional del caso, la salud de la madre (sin estar necesariamente de acuerdo con el abordaje)

    4. La entrada deja espacio, bastante díficil de abordar, para un ulterior post. Lo esperamos.

    sigamos.

    Abrazo.

    JJL

    • jlahitou dijo:

      Juan José, gracias por el comentario y, efectivamente, sigamos…que no esta todo dicho, ni el fallo acabadamente analizado en todas sus dimensiones y posibilidades. Saludos y bienvenido este y todos los aportes.

  2. mercedes iris teijeiro dijo:

    Respeto todas las ponencias pero ….me parece que lo que no estàn viendo es ¿cuando y como una mujer violada se da cuenta que està embarazada? y tambien se estan olvidando de la pastilla del dìa despues…En realidad se olvidan todos..Yo les pregunto ¿ no es màs saludable divulgar que todas las mujeres de cualquier condicion sepan que si las violan concurran inmediatamente al hospital publico donde se las provee de un kit que incluye lo necesario para evitar que contraigan SIDA y por lo tanto se evita el embarazo ?
    Educacion sexual es el tema
    Saludos a todos …el blog es excelente
    MIT
    …………………………………………………………………………………………………………………….

    • jlahitou dijo:

      Mercedes, te agradezco el aporte. Entre mis muchos defectos esta no rematar al arco. Me gusta participar de la jugada pero no necesariamente definir. Me siento mas cómodo abriendo posibilidades y dejando temas sugeridos con ambiguedades. El peligro, como me recuerda siempre VTC, es irse a la pesca y tragarse los 33. Tu pregunta me canta envido y yo te digo quiero. Vos tenes 33 también y sos mano.
      El debate de la pastilla del día después así como un analisis abstracto y argumental a las directivas cortesanas para practicar el aborto las junte en la pregunta siguiente del texto: «¿Es posible medir la gravedad del sacrificio que se le pide a la víctima de una violación dependiendo las semanas de gestación, reduciéndolo a medida que avanza el desarrollo de esa vida?»
      Mi idea con esa pregunta era exactamente la tuya. Inmediatamente al hospital, controles y pastilla del día después. La otra que me surge de esa misma pregunta es que a medida que avanza, se va haciendo más patente el conflicto (más crece el bebé, menos tiempo de embarazo o sacrificio queda). ¿Podría la corte haber limitado el derecho que otorgó con un plazo que no estuviese regulado caso por caso por el peligro ante la intervención quirurgica?
      En fin, ¿Por qué deje en el texto una pregunta que puede considerarse ambigua? Uno para evitar cambiar el nudo de la discusión de entrada. Dos porque aunque me esfuerce, vivo en un frasco. Un abismo me separa de algunos ámbitos donde las carencias son gigantescas. Un abismo me separa de las terribles experiencias que estos fallos narran. Ergo, estaba seguro que puede haber casos, como este, de una niña que ha sido violada o abusada aparentemente desde que tiene 11 años, en un ámbito de violencia feroz, que no tiene real margen para recurrir inmediatamente o dentro de un plazo prudencial.
      Saludos y gracias.

  3. Hernán Soto dijo:

    La CSJN hace tiempo que viene manifestando expresamente que prentende dejar expuestos -en relación a los principios fundamentales- un contenido mínimo: cuando lo considera vulnerado, ha exhortado a los demás poderes del Estado a cumplimentarlo y si aún así no pasa nada, sus fallos son «integrativos», contando cómo deben interpretarse las leyes para que se adecuen al caso (caso Badaro 1 y 2, entre otros).
    En definitiva, ejerciendo un claro fariseísmo, aniquiló (fácticamente) el debate sobre la despenalización del aborto, que ahora se minimiza al caso de que una mujer tenga que mentir una violación (sin otro requisito que una declaración jurada) para acceder a él.
    Esto no implica abrir (por mi parte) juicios morales sobre el aborto ni sobre la mujer que dice haber sido violada para acceder al aborto sin hallarse en esa situación, cosa que es puramente personal. Pero que la cuestión (bien o mal) es así, es así. Facilita claramente el aborto,

  4. Interesantísima tu óptica Jlahitou! Me gusta más la actitud de Argibay, aunque no veo mal que se haya enfocado el caso sin tantos matices doctrinarios que nos tendrían discutiendo eternamente un asunto que requería soluciones más prácticas.
    Mi comentario al fallo, aquí:
    http://domingorondina.blogspot.com.ar/2012/03/la-constitucion-dispara-su-fal.html
    Saludos
    Domingo Rondina

  5. santiago mujia dijo:

    Hasta que no se discuta si el embrión es efectivamente o no persona, cualquier debate posterior carece de sentido. Mientras, viva la joda. Mi humilde opinión.

    • Santiago: El tema es que no cabe duda sobre esa cuestión. Más allá de cual sea la postura teórica de cada uno de nosotros, el constituyente en 1994 ya resolvió esa cuestión: para nuestra constitución (a diferencia de lo que ocurre en los EEUU -ver Roe v. Wade-) el feto es persona. Sugiero revisar los debates de la Convención Constituyente en particular los ocurridos en la Comisión de Redacción (sesión del 26 de julio) y del Plenario (sesión del 19 de agosto).

  6. Luis Raña dijo:

    Quiero ser breve al respecto y tomar la mayor cantidad de posturas: es verdad, la Constitucion ya se expide por si sola; la vida se protege desde la concepcion, tomando como tal a aquella vida -embrion- despues de las aproximadamente 36 horas de la fertilizacion de un ovulo (evidencia cientifica), lo que iria en contra de cualquier ley o fallo que violara lo que la Constitucion manda. tambien es cierto que la CS omite tratar sobre los derechos en juego (derecho a la vida vs. derecho a la salud). Tambien es cierto que no se propuso como alternativa a la muerte adrede de un inocente el uso de la pastilla del dia despues. En fin, con todo esto que todos Uds. apoiva raigambre constitucionalrtaron y que es facilmente refutable en cualquier debate, solo me resta creer que la desicion de la CS solo ha obedecido a claros designios politicos y a no a los de estricta justicia, objeto del derecho y de operativa raigambre constitucional.-
    Luis

  7. A mí me surge, con todo este debate respecto a la interpretación de cuándo debe castigarse el aborto, una pregunta, que desconozco si ya fue hecha con anterioridad, pero en todo caso la reitero:

    -El hecho de que el Estado tenga la obligación de asegurar el derecho a la vida de las personas, ¿Torna necesario que se persigan penalmente los abortos? Es decir, ¿de las obligaciones del Estado se desprende el tener que aplicar derecho penal, derecho penal y más derecho penal?

    -En los supuestos en que el aborto -conforma la interpretación de la CSJN en «Aurora»- quedaría exento de pena, ¿la no imposición de esta significa no respetar la vida del niño por nacer?

    Hago otra apreciación que quizás también esté contestada: ¿Por qué ninguno de los sectores que condenan el aborto hace lo propio respecto de cualquier situación de estado de necesidad? (caso de la tabla que soporta el peso de un sujeto por la que pelean dos) Es decir, en todo caso quienes castigan la interrupción del embarazo deberían castigar con la misma severidad cualquier situación de estas. (me refiero al estado de necesidad disculpante en virtud de hablar de dos bienes jurídicos de igual valor -vida contra vida-).

    A esto que digo se me podría contestar: flaco ¿no te das cuenta que el niño por nacer es inocente y no tiene posibilidad de defenderse? y yo a eso contesto: en el estado de necesidad disculpante no se le deja de reprochar algo a alguien porque se lo ganó al pelear contra otro. No importa si el otro, si el que se queda flotando sin la tabla es inocente o si es mal tipo, si se pudo defender o no, no importa. Importa que se protegió la vida propia en desmedro de otra, sea quien sea el portador de la otra. Con los niños pasa igual.

    Espero -un poco tarde- aportarle algo a la charla.

    Saludos!

  8. Luis Raña dijo:

    JUan: Muy interesantes tus preguntas. Pero, eso seria que el fin justificaria los medios, circunstancia que el pueblo argentino no creo que este dispuesto a debatir. Sin embargo, nuestra sociedad es tan hipocrita que pretende la pena de muerte pero que lo mate otro -el estado-. Con estoquiero decir que nos tenemos que sicerar, que deberiamos debatir los temas del aborto, la muerte dign ay otros mas pero entre todos, y finalizar con un plebiscito vinculante y que sea lo que Duios quiera, pero por lo menos no dieremos que nuestra vida la decidieron entre unos pocos inescrupulosos. Yo adhiero a la proteccion en todos sus ambitoa de la Vida por parte del estado. Y si yo fuero medico no haria jamas un aborto ni nada que atente contra la vida de mi paciente, y si me tocara un testigo de jehova y fuera absolutamente necesario para que su vida no se extinga, lo transfundiria aun a costa de los problemas fuuros que tendre, pues siempre estaria mi juramento por encima de todo.-
    Luis Raña

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